Quizás no muchos recuerden que el destacado sociólogo y profesor de la UNAL Orlando Fals Borda hizo parte de la construcción de la actual carta magna de los colombianos, en la que dejó una huella para reivindicar los derechos de sectores olvidados tradicionalmente.
Su participación en la Asamblea Nacional Constituyente tuvo como objetivo llevar todo su trabajo teórico a la práctica, sobre todo lo relacionado con la Investigación Acción Participativa. Esta metodología permitió reconocer la sabiduría popular de las comunidades como un conocimiento que está a la par del pensamiento científico. Fals entendió que poner en diálogo esos dos conocimientos era esencial para producir cambios sociales en las comunidades vulnerables, sobre todo en las rurales.
Según el abogado Julio Londoño Hidalgo, en un artículo para el diario Portafolio (1), el profesor Fals Borda fue brillante en casi todas las ciencias sociales como la sociología, la historia y la economía, pero también se destacó bastante en la comprensión y uso del derecho para la reafirmación de sus postulados.
Es así que hizo aportes en el derecho penal, en relación con temas de reparación de víctimas (un tema crucial en estos días); en el derecho de familia, al abrir la discusión de la igual de derechos entre hombres y mujeres; el derecho constitucional y administrativo, exponiendo temas sobre el ordenamiento territorial; y el derecho laboral, al estudiar los orígenes y necesidades de los movimientos sociales.
“Fue coautor de importantes proyectos al interior de la Asamblea Nacional Constituyente, en varios temas como el relativo a ‘Derechos, garantías y deberes fundamentales’. Sin embargo, tal vez su aporte más grande al derecho colombiano fue precisamente en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991, cuando junto a juristas como Gustavo Zafra y Jaime Castro desarrollaron una importante labor en el tema de Ordenamiento Territorial, especialmente en la reorganización del territorio”, describe Londoño Hidalgo en su texto.
Lo que propuso y no quedó
Si bien algunos de los ideales del académico barranquillero quedaron plasmados en el documento final aprobado hace treinta años, las constantes reformas constituciones han desvanecido algunos de sus aportes, sumado a la falta de implementación y voluntad política.
De hecho, la actual Constitución Política sería otra, aún más integradora con las diversas comunidades y pueblos, si se hubieran aprobado varios de los documentos que el profesor Fals elaboró para la Asamblea Constituyente.
Un ejemplo es el Acto Reformatorio 104, en el que se proponía que se reconociera como entidades territoriales a las regiones, provincias, territorios de los grupos étnicos, los distritos metropolitanos, los municipios, las comunidades y los corregimientos. Además, que los grupos étnicos tuvieran la autonomía para proponer su propia organización política, económica y social, así como la administración y explotación autónoma de los recursos naturales en sus territorios.
De acuerdo con el documento “La Constitución negada”, análisis escrito por Miguel Borja, profesor de la UNAL, Fals Borda fue más allá de la cuestión indígena para incluir las negritudes y las comunidades raizales: “Los indígenas no son el único grupo étnico diverso en Colombia: también lo son los isleños raizales de San Andrés y Providencia y las comunidades negras que conservan sus tradiciones, especialmente en la Costa Pacífica.
El profesor Borja señala que Fals Borda, igualmente, estableció la autonomía como el principio básico de la organización de las entidades territoriales de la República. Lo anterior como un mecanismo tendiente a superar los desequilibrios regionales.
En su momento, el destacado sociólogo explicó a los constitucionalistas que el marco general de ordenamiento territorial propuesto se basaba en cuatro principios: “la flexibilidad de los límites territoriales, por pulsaciones constantes de ocupación humana, el de organización socioeconómica, ecológica y cultural de la región como entidad real o histórica, el de la satisfacción eficiente de las necesidades básicas de los habitantes a nivel provincial y municipal, el de la autonomía local y la democracia participativa que se acercan a la conformación de un Estado regional (Fals Borda, 1991).”
Las expectativas del Orlando Fals Borda por una Constitución Política realmente inclusiva y un territorio a la medida de los diversos habitantes del país, quizás no se cumplieron por completo, pero dejó un llamado a la acción que aún es válido seguir estudiando y aplicando. De ahí la importancia de visitar de explorar y analizar su archivo, custodiado en la Universidad Nacional de Colombia.
https://blogs.portafolio.co/juridica/orlando-fals-borda-y-su-aporte-al-derecho-colombiano/
https://revistas.unal.edu.co/index.php/anpol/article/view/45769/47301